
🚚 Normativa Sectorial · Transporte Refrigerado
Normativa ATP, certificación Módulo B obligatoria y requisitos legales para vehículos frigoríficos, isotermos y refrigerados. Cumplimiento normativo para el transporte de mercancías perecederas en España y Europa.
🚨 OBLIGATORIO desde 2025: Todo vehículo que transporte mercancías perecederas debe disponer de instrumentos de registro con certificación Módulo B. Sin esta certificación, los registros de temperatura NO tienen validez legal ante una inspección.
El transporte es el eslabón más vulnerable de la cadena de frío. Durante el trayecto, las mercancías perecederas están expuestas a variaciones de temperatura por aperturas de puertas, fallos del equipo de frío, tiempos de espera en muelle y condiciones ambientales extremas.
Una rotura de la cadena de frío durante el transporte puede significar la pérdida total de la mercancía, reclamaciones millonarias del cliente, sanciones administrativas y, en el caso de productos farmacéuticos o alimentarios, un riesgo directo para la salud pública.
La normativa ATP (Acuerdo sobre Transportes Internacionales de Mercancías Perecederas) y el Orden ICT/155/2020 (modificada por la Orden ITU/1475/2024) exigen que todos los vehículos de transporte refrigerado dispongan de sistemas de registro de temperatura certificados con Módulo B, con datos inalterables, trazables y disponibles para inspección en cualquier momento del trayecto.
30%
de las roturas de cadena de frío ocurren durante el transporte
600.000€ (según Ley de Metrología)
multa máxima por incumplimiento de la normativa de transporte
100%
de los vehículos deben tener instrumento de registro Módulo B desde 2025
Todos estos medios de transporte están obligados a disponer de registro de temperatura certificado Módulo B
Marco legislativo nacional e internacional que regula el control de temperatura en el transporte de mercancías perecederas
Clasificación oficial según el Acuerdo ATP y temperaturas máximas permitidas durante el transporte
| Clase ATP | Tipo de Vehículo | Temp. Máxima Interior | Mercancías Típicas |
|---|---|---|---|
| Clase A | Vehículo refrigerado normal | +7°C a 0°C | Frutas, verduras, lácteos |
| Clase B | Vehículo refrigerado reforzado | -10°C | Productos frescos sensibles, carne |
| Clase C | Vehículo frigorífico reforzado | -20°C | Congelados, helados, pescado congelado |
| Clase D | Vehículo frigorífico especial | -20°C o inferior | Ultracongelados, helados artesanales |
| Clase F | Vehículo frigorífico para farmacia | +2°C a +8°C | Medicamentos, vacunas, hemoderivados |
| Multi-temp | Vehículo multitemperatura | Varias zonas | Distribución mixta (frescos + congelados) |
| Requisito | Especificación para Transporte |
|---|---|
| Certificación | Módulo B obligatorio según EN 12830 (certificado por organismo notificado europeo) |
| Precisión | ±0,5°C o mejor, certificada y verificable |
| Frecuencia de registro | Mínimo cada 5 minutos durante todo el trayecto (sin interrupciones) |
| Autonomía | Suficiente para cubrir el trayecto completo + margen de seguridad (mínimo 72 horas) |
| Rango operativo | -30°C a +70°C (debe cubrir condiciones extremas en carga/descarga) |
| Resistencia | IP65 o superior. Resistente a vibraciones, humedad y golpes del transporte |
| Integridad de datos | Registros inalterables con timestamp criptográfico. No modificables post-trayecto |
| Descarga de datos | Cableado, NFC, Bluetooth o WiFi. Generación automática de informe PDF del trayecto |
| Alertas | En tiempo real (GSM/4G) o visual (LED/display) según tipo de instrumento |
| Calibración | Anual obligatoria en laboratorio acreditado ENAC con certificado trazable |
| Ubicación en vehículo | En el punto más desfavorable del compartimento de carga (puerta trasera superior) |
| Documentación | Registro disponible para inspección en ruta. Conservación mínima 5 años |
Los momentos más vulnerables donde se producen las roturas de cadena de frío
🔓
Cada apertura en reparto provoca entrada de calor. El instrumento registra cada pico de temperatura.
🔄
Transición muelle-vehículo sin climatizar. Momento de máximo riesgo de rotura de cadena.
⏳
Tiempos muertos con el motor parado y sin frío activo. Especialmente crítico en verano.
🔧
Fallo del sistema de frío en ruta. La alerta en tiempo real permite actuar antes de perder la mercancía.
| Gravedad | Multa | Ejemplos de Infracciones |
|---|---|---|
| ⚠️ Leve | Hasta 10.000€ | Instrumento sin calibración vigente, registros incompletos de un trayecto |
| 🟠 Grave | 10.001€ – 100.000€ | Transporte sin instrumento de registro Módulo B, certificado ATP caducado, rotura documentada de cadena de frío |
| 🔴 Muy Grave | 100.001€ – 600.000€ | Falsificación de registros de temperatura, transporte de mercancía en condiciones peligrosas, reincidencia |
🚨 Además de las multas: El transportista puede perder la autorización de transporte, el certificado ATP del vehículo, y ser responsable civil y penalmente de las pérdidas de mercancía y daños a la salud. El cargador (empresa que contrata el transporte) también es responsable solidario si no verifica que el transportista cumple la normativa.
Checklist de cumplimiento para empresas de transporte refrigerado
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📧 info@ict155.com · 📍 Madrid, España
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✔ Siguiente paso: Para verificar que su sistema cumple con la Orden ICT/155/2020 (modificada por la Orden ITU/1475/2024), le recomendamos solicitar nuestra Auditoria de Cumplimiento Metrologico.